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Subvenciones destinadas al Fomento de la Eficiencia Energética para empresas de la Región de Murcia

23/05/2016



Os adjuntamos información referente a una nueva convocatoria publicada recientemente para las empresas de la Región de Murcia.

Subvenciones destinadas al Fomento de la Eficiencia Energética por parte de las empresas en el ámbito del Programa Operativo Feder 2014-2020 para la Región de Murcia.

  • Extracto Orden Ayudas Eficiencia Energética publicado en BORM  Extracto BORM
  • Convocatoria Orden de 12 de mayo de 2016 ) Orden 12 mayo

Beneficiarios

Empresas pertenecientes al sector industrial o terciario. Las actuaciones subvencionadas deberán realizarse en  establecimientos ubicados en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

Tipo de ayuda

  • Subvención a fondo perdido.
  • Mínimis
  • Efecto Incentivador

Objeto

Conceder subvenciones, de acuerdo con el Programa Operativo FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) Murcia 2014/2020, a empresas establecidas en la Región de Murcia, para la ejecución de inversiones con las siguientes finalidades:

  • Realización de auditorías energéticas.
  • Renovación de equipos e instalaciones consumidores de energía.
  • Mejora de la eficiencia energética en procesos productivos.
  • Instalaciones de generación de energía en el punto de consumo.


 AUDITORÍAS ENERGÉTICAS

Objeto

Determinar el potencial de ahorro de energía en las empresas del sector industrial, para evaluar oportunidades de reducción de la cantidad de energía consumida manteniendo la producción o servicio prestado.

Costes elegibles

Se consideran costes elegibles a efectos de ayuda los trabajos externos de consultoría cuya finalidad sea la de la realización de auditorías energéticas, realizados por auditores energéticos en los términos dispuestos en el artículo 19.2 de la presente Orden.

Intensidad de la ayuda.- La cuantía máxima de la ayuda será del 50% del coste elegible, pudiendo incrementarse hasta el 60% en el caso de medianas empresas, y hasta el 70% en el caso de pequeñas empresas.- El límite de subvención máxima se establece en 20.000 euros. 


ACTUACIÓN: RENOVACIÓN DE EQUIPOS E INSTALACIONES.

Objeto

Facilitar la viabilidad económica de las inversiones cuyo objetivo sea el ahorro de energía, a través de la sustitución de  equipos e instalaciones consumidores de energía.

Costes elegibles

Se consideran costes elegibles a efectos de ayuda:

- Las inversiones en sustitución de equipos y/o instalaciones que transformen o consuman energía, así como los  sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento (calderas, compresores, centros de transformación de energía eléctrica, quemadores, motores eléctricos, etc.).

- Obra civil necesaria para la instalación de equipos.

- Gastos de montaje y puesta en marcha.

Intensidad de la ayuda

- Con carácter general, la cuantía máxima de la ayuda será del 50% del coste elegible.

- La intensidad de ayuda podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a medianas empresas.

- El límite de subvención máxima se establece en 200.000 euros.

- Se establece un importe de inversión mínima por proyecto de actuación de 6.000€.  


ACTUACIÓN: MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS PROCESOS PRODUCTIVOS.
 

Objeto

Facilitar la viabilidad económica de las inversiones cuyo objetivo sea el ahorro de energía, mediante la mejora de la eficiencia energética de los sistemas y procesos productivos.

Costes elegibles

- Las inversiones en sustitución de equipos y/o instalaciones que transformen o consuman energía, así como los sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento (calderas, compresores, centros de transformación de energía eléctrica, quemadores, motores eléctricos, etc.).

- Obra civil necesaria para la instalación de equipos.

- Gastos de montaje y puesta en marcha.

Intensidad de la ayuda

Con carácter general, la cuantía máxima de la ayuda será del 50% del coste elegible.

- La intensidad de ayuda podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a medianas empresas.

- El límite de subvención máxima se establece en 200.000 euros.

- Se establece un importe de inversión mínima por proyecto de actuación de 6.000€. 


ACTUACIÓN: PROMOVER LA GENERACIÓN Y EL AUTOCONSUMO DE ENERGÍA FINAL.

Objeto

El objetivo de esta medida es facilitar la viabilidad económica de las inversiones en instalaciones de generación y autoconsumo de energía final, a partir de fuentes de energía renovables.

Costes elegibles

- Las inversiones en equipos, instalaciones y sistemas de producción de energía para autoconsumo, a partir de fuentes de energía renovables.

- Obra civil de implantación de dichos equipos.- Montaje y puesta en marcha.

Intensidad de la ayuda

- Con carácter general, la cuantía máxima de la ayuda será del 45% del coste elegible.

- La intensidad de ayuda podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a  pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a medianas empresas.

- El límite de subvención máxima se establece en 200.000 euros.

- Se establece un importe de inversión mínima por proyecto de actuación de 10.000 €. 



Si estáis interesados en estas ayudas, no dudéis en contactar con nosotros en el teléfono 96 1545517 o en el mail info@ltingenieros.com




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