Os informamos que la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha publicado las Ayudas a la promoción exterior para las PYMES de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2018.
Novedades de la convocatoria de este año:
La convocatoria se divide en dos grandes bloques, cada uno con una solicitud diferenciada y un plazo de presentación y justificación distinto.
Es importante señalar que el importe máximo solicitable para todo el plan de promoción internacional, es decir, para las actuaciones recogidas en ambas solicitudes, no puede ser superior a 100.000€.
Las entidades podrán presentar como máximo dos solicitudes:
- Una solicitud para las actuaciones dirigidas a promoción exterior relativas a participación en certámenes feriales internacionales y gastos de alojamiento y desplazamiento a los mercados internacionales.
- Una solicitud para las actuaciones relativas al plan de marketing internacional.
Las ayudas se dirigen como en otras convocatorias a PYMES con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana pero quedan excluidas de esta convocatoria las empresas que estén o hayan estado adscritas al programa de Tutorías de internacionalización gestionado por IVACE, que podrán solicitarlas en una convocatoria específica de IVACE.
Os adjuntamos un breve resumen de ambas convocatorias. Si estáis interesados en estas ayudas contactar con nosotros lo antes posible a través del mail info@ltingenieros.com o en teléf.: 961 545 517.
Participación en certámenes feriales internacionales y gastos de alojamiento y desplazamiento a los mercados internacionales. |
Actuaciones relativas al plan de marketing internacional y otras actuaciones del plan de promoción internacional. |
CUANTÍA DE LA AYUDA Hasta el 50% del coste (IVA excluido) de las acciones apoyables previstas. PLAZO SOLICITUD AYUDA Desde el 4 de abril de 2018 hasta el 30 de abril de 2018. ACCIONES APOYABLES Y GASTOS
SUBVENCIONABLES - Participación en ferias internacionales que se celebren fuera del estado español, entre el 1 de enero de 2018 y el 30 de septiembre de 2018. En todo caso quedan excluidas las derivadas de la participación en los pabellones oficiales organizados por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX), o las participaciones agrupadas que cuenten con algún tipo de apoyo del ICEX. Tendrán la consideración de gastos subvencionables los relativos a la contratación del espacio (metros cuadrados) en certámenes internacionales 2.- Gastos de alojamiento y desplazamiento a los
mercados internacionales siendo el importe máximo subvencionable de
20.000 euros, en los siguientes términos:
GASTOS NO SUBVENCIONABLES Plazo de presentación de la documentación justificativa Desde la resolución de concesión de la ayuda hasta el 5 de octubre de 2018.
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CUANTÍA DE LA AYUDA Hasta el 50% del coste (IVA excluido) de las acciones apoyables previstas. PLAZO SOLICITUD AYUDA Desde el 4 de abril de 2018 hasta el 30 de junio de 2018. ACCIONES APOYABLES y GASTOS SUBVENCIONABLES Para las ayudas objeto de este trámite tienen la consideración de acciones apoyables las establecidas en los siguientes apartados y realizadas entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2018: 1. Servicios relacionados directamente con la ejecución
del plan de marketing internacional, en concreto: Se considerarán gastos subvencionables: - coste CPC (coste por clic) de la publicidad SEM internacional (Google AdWords, Yandex Direct, Baidu, etc.); - coste CPC (coste por clic) de la publicidad en redes sociales: Facebook ADS, Linkedink ADS, Twitter ADS, Pinterest ADS, coste CPC o CPM de rich media (banners, etc.) en portales internacionales; - coste subscripciones a directorios internacionales. - Gastos de agencias de comunicación relacionadas con campañas desarrolladas en destino; - Campañas web relacionadas con la gestión de contenidos en diferentes idiomas para esos mercados destinados a redes sociales o medios de comunicación on-line, campañas de email marketing, optimización SEO para otros países, y creación y gestión de perfiles sociales para otros mercados. 2.- Servicios relacionados con el proceso de registro de marca en países fuera de la Unión Europea. 3.- Servicios relacionados con el proceso de certificación y registro de productos necesarios para la comercialización de los productos en los países fuera de la Unión Europea. 4.- Servicios relacionados con la creación de la página web y con la elaboración de material promocional, catálogos, folletos y cartelería diversa, así como la adaptación correspondiente a los mercados internacionales, hasta un importe máximo de 10.000 euros. No se considerarán gastos subvencionables el coste de personal propio de la empresa para estos conceptos, así como las muestras. 5.- Gastos de personal en comercio exterior, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa. Se considerará gasto subvencionable el salario bruto del personal técnico en comercio exterior, contratado en el año 2018, para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa, siempre que el salario bruto anual sea de un mínimo de 23.000 euros y la duración mínima del contrato de 12 meses. 6.- Servicios relacionados con la participación en pliegos de licitaciones en mercados exteriores, así como su traducción si fuera necesaria. 7.- Otros servicios directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción en el exterior, hasta un importe máximo de 10.000€. Plazo de presentación de la documentación justificativa Desde la resolución de concesión de la ayuda hasta el 30 de junio de 2018. |
Mas info: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16796&version=amp
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Más info: http://www.dogv.gva.es/resultat-dogv?signatura=2018/3204&L=0
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