Se han publicado hoy las bases de los programas de Reindustrialización y Competitividad Industrial 2015, convocatoria lanzada por el Ministerio de Industria, energia y turismo.
Estos programas están creados para dar apoyo financiero a la inversión industrial, con el objetivo de mejorar la competitividad en el tejido industrial español. A continuación les mostramos las caracteristicas de ambos programas.
REINDUSTRIALIZACIÓN
PLAZO
1 de abril y finalizará el día 1 de junio de 2015.
TIPO DE AYUDA
- Préstamos del 75% del presupuesto financiable.
- 10 años con 3 de carencia
- Tipo de interés entre el 1,656 y 4,34%.
- Plazo ejecución: 18 meses.
- Inversión mínima: 75.000 €
- Importe máximo: No superior a 5 veces los fondos propios (empresas constituidas antes del 2014).
- Garantías 10% préstamo solicitado.
- Las inversiones comprenderán el año de la convocatoria (no pudiendo imputarse gastos antes de fecha de solicitud).
- No hay aplicación del efecto incentivador (pueden plantearse inversiones correspondientes a proyectos ya iniciados, siempre y cuando los gastos se encuentren dentro del periodo financiable).
Cualquiera empresa constituida, sea o no PYME, incluso las personas físicas que vayan a constituir una sociedad.
PRESUPUESTO Se fija en 75.000 € para cualquier dimensión de empresa (salvo fabricantes de vehículos a motor que se fija en 3 M€).
COSTES SUBVENCIONABLES
Creación, ampliación o traslado de establecimientos industriales
- OBRA CIVIL
- EDIFICACIÓN
- APARATOS Y EQUIPOS DE PRODUCCIÓN
- INGENIERÍA DE PROCESO DE PRODUCCIÓN
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de enero de 2015, hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión
COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL
PLAZO
1 de abril y finalizará el día 1 de junio de 2015.
TIPO DE AYUDA
- Préstamos del 75% del presupuesto financiable.
- 10 años con 3 de carencia
- Tipo de interés entre el 1,656 y 4,34%.
- Plazo ejecución: 18 meses.
- Inversión mínima: 75.000 €
- Importe máximo: No superior a 5 veces los fondos propios (Empresas constituidas antes del 2014).
- Garantías 10% préstamo solicitado.
- Las inversiones comprenderán el año de la convocatoria (no pudiendo imputarse gastos antes de fecha de solicitud).
- No hay aplicación del efecto incentivador (pueden plantearse inversiones correspondientes a proyectos ya iniciados, siempre y cuando los gastos se encuentren dentro del periodo financiable). Cualquiera empresa constituida, sea o no PYME, incluso las personas físicas que vayan a constituir una sociedad.
Se fija en 75.000 € para cualquier dimensión de empresa (salvo fabricantes de vehículos a motor que se fija en 3 M€).
COSTES SUBVENCIONABLES
Mejora o modificación de líneas de producción ya existentes
- OBRA CIVIL
- EDIFICACIÓN
- APARATOS Y EQUIPOS DE PRODUCCIÓN
- INGENIERÍA DE PROCESO DE PRODUCCIÓN
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de enero de 2015, hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión
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