Os
informamos que la Agència Valenciana de la Innovació (AVI) ha publicado la nueva convocatoria de ayudas en
concurrencia competitiva correspondiente al ejercicio 2021, con un presupuesto
estimado de 46,5 millones de euros, dirigidos a fortalecer y desarrollar
el sistema de innovación de la Comunitat. En la cuarta edición de los
programas de apoyo a la I+D+i que ha impulsado la AVI, el presupuesto global
máximo para ayudas ha aumentado un 130 % respecto a la convocatoria anterior.
A
través de este instrumento, la Agència pretende incentivar el desarrollo de
proyectos de innovación en las empresas y facilitar la transferencia de
conocimiento y sus aplicaciones al tejido productivo, fomentando, por otro
lado, la colaboración entre entes públicos y privados y la cooperación entre
centros de investigación, institutos tecnológicos y empresas.
La
principal novedad de esta edición es la incorporación de financiación por
parte de la Unión Europea, además de su carácter plurianual que ha
repercutido en el aumento del periodo de ejecución de los proyectos, de
modo que los beneficiarios dispondrán de tres ejercicios, uno más que en
la convocatoria anterior para llevar a cabo las actuaciones y desarrollos
previstos.
Todos los programas han duplicado las
cuantías del pasado ejercicio, aunque, los proyectos de apoyo estratégicos en cooperación
y a la cadena de valor empresarial, que son, además, los que generan un mayor
impacto en el tejido productivo y concentran la mitad del presupuesto total.
Entre las líneas con un mayor ascenso,
la AVI ha destacado las de impulso a la Compra Pública de Innovación (CPI),
que suman un total de 4,3 millones de euros destinados a potenciar la demanda
de productos y servicios innovadores en la administración, como a estimular
a las empresas para que concurran a este tipo de licitaciones nacionales e internacionales.
Si estáis interesados en estas nuevas
ayudas, contactar con nosotros lo antes posible en el mail info@ltingenieros.com o en el telf 961545517, dado que el plazo de
presentación finaliza el 18 de febrero 2021.
Proyectos estratégicos en cooperación El
objetivo de este programa es apoyar el desarrollo de grandes proyectos de
I+D+i en cooperación entre varios agentes del Sistema Valenciano de
Innovación, como vía para el desarrollo de soluciones conjuntas a problemas
de interés común. Beneficiarios: Empresas con independencia
de su tamaño. |
Consolidación de la cadena de valor empresarial El objetivo de este
programa es apoyar el desarrollo de proyectos de I+D+I que supongan
aplicación de novedad en los productos o procesos, o bien en los sistemas de
organización de los solicitantes, de manera que incidan o provoquen efecto en
otras empresas de la cadena de valor, bien porque provoca que incorporen a su
vez innovación en sus productos, mejoren sus sistemas organizativos, o
incrementen su actividad económica en general. Así mismo, se pretende apoyar
aquellos proyectos que potencien el desarrollo y utilización de otras
tecnologías clave para impulsar el desarrollo industrial y económico. Beneficiarios: Empresas con independencia
de su tamaño. |
Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de
innovación (INCORPORACIÓ) El objetivo de esta línea es incentivar la contratación de
investigadores y tecnólogos que desarrollen proyectos de I+D+i o realicen la
implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía en empresas, o
bien desarrollen proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas
innovadoras. Beneficiarios: Empresas industriales con
Cnae sección C, D, E, F -Divisiones 10 a 43- y empresas de servicios
intensivos en conocimiento. |
Doctorandos empresariales (Innodocto) Promover la formación de
doctorandos y doctorandas en las empresas, propiciando la adquisición por
parte de aquellos y aquellas de las habilidades necesarias para desarrollar
proyectos de I+D en entornos empresariales y así incrementar el grado de
tecnificación y capacidad innovadora de las plantillas de las empresas. Beneficiarios: Empresas
industriales o de servicios, siempre que la tesis doctoral esté
vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa. |
Los proyectos solicitados
deberán encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías:
·
Se plantearán proyectos globales
relacionados con el objeto de la actuación, en los que el gasto de las
actividades consideradas subvencionables del total del proyecto deberá ser
como mínimo de 500.000 euros. ·
Será obligatoria la intervención en
el proyecto de uno o varios organismos de investigación que confieran al
proyecto la suficiente relevancia científico-tecnológica. La participación
podrá ser como integrante del consorcio que desarrolla el proyecto, o en su
defecto, como servicio externo contratado. En este último caso, la intervención
conjunta de los organismos de investigación, será de al menos el 15 % del
coste subvencionable del proyecto de cooperación. Gastos
subvencionables: ·
Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad
Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que
estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los
gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico
y demás personal auxiliar. ·
Gastos de contratos de investigación
y desarrollo o innovación con
centros tecnológicos o de investigación. ·
Gastos de servicios externos de
consultoría y asistencia técnica
destinados de manera exclusiva al proyecto. ·
Gastos de adquisición de
conocimientos técnicos y patentes
adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de
plena competencia. ·
En caso de PYME, gastos de registro
de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la
ejecución del proyecto. ·
Gastos de material fungible y
suministros similares que se
deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y
consumibles informáticos. ·
Gastos de material inventariable en la medida y durante el período en que se utilice
para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material inventariable
no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se
considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la
duración del proyecto. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso
genérico. ·
Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del
proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las
cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros para cada
entidad participante y por anualidad, siempre que dicho coste se haya
incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de la ayuda. ·
Dadas las características de
cooperación de los proyectos, en los que cada participante pone al servicio
del mismo sus capacidades y recursos, no se admitirá como elegible a efectos
de subvención la facturación de servicios entre los propios integrantes del
consorcio. Intensidad de la ayuda: · Gran empresa:
hasta el 50-65%* en investigación industrial; hasta el 25-40%* en desarrollo
experimental; hasta el 15%** en innovación en procesos, organización y
producto. ·
Mediana empresa: hasta el 60-75%* en investigación industrial;
hasta el 35-50* en desarrollo experimental; hasta el 50% en innovación en
procesos, organización y producto. Pequeña empresa: hasta el 70-80%* en investigación industrial; hasta el 45-60* en
desarrollo experimental; hasta el 50% en innovación en procesos, organización
y producto. *Para llegar al porcentaje máximo de cada intervalo,
que en ningún caso superará el 80%, se debe cumplir alguna de las siguientes
condiciones: -Que el proyecto implique una colaboración efectiva: *Entre empresas, al menos una de las cuales sea una
PYME, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes
subvencionables. *Entre una empresa y uno o varios organismos de
investigación, asumiendo estos como mínimo el 15 % de los costes
subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia
investigación. -Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente
por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas
informáticos gratuitos o de fuente abierta. **Únicamente podrán optar a este tipo de ayudas
cuando colaboren con una PYME en la actividad objeto de ayuda y la PYME asuma
un mínimo del 30 % del total de los costes subvencionables. Plazos: ·
Plazo de solicitud El plazo de presentación de
solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es en régimen de
concesión de concurrencia competitiva será desde el 22 de enero al 18 de
febrero de 2021 presentada en plazo. ·
Periodo de
ejecución Los proyectos, podrán tener
alcance plurianual, con una duración máxima de tres ejercicios
presupuestarios. Deberán realizarse entre la fecha de presentación de la
solicitud y el 30 de septiembre de 2023. ·
Plazo de
justificación Las entidades beneficiarias de
ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del
proyecto en, como máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación: o
En la primera fase de
justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el
1 de octubre de 2021, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la
Seguridad Social correspondientes a 2021, que se presentarán en la segunda fase
de justificación. o
En la segunda fase de
justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el
1 de julio de 2022, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la
Seguridad Social correspondientes a 2022, que se presentarán en la tercera
fase de justificación. o
En la tercera fase de
justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el
2 de octubre de 2023, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la
Seguridad Social correspondientes a 2023 pero que deben ser ingresados por la
entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se
presentarán, como máximo, el día 9 de enero de 2024. |
Requisitos
de los proyectos Podrán considerarse dos
tipos de proyectos: · Proyectos individuales. Responderán a dar solución a una necesidad
manifestada del mercado o de una empresa en una cadena de valor, de manera
que la consecución con éxito del proyecto tenga un alto grado de probabilidad
de implantación real, bien porque satisface expectativas o demandas de
empresas tractoras, porque se anticipa a normas o necesidades futuras con
productos o servicios que no están suficientemente desarrollados en la
actualidad, o en general, porque añade valor a la cadena de producto y
relación entre clientes y proveedores. El coste elegible del
proyecto deberá ser como mínimo de 175.000 euros. · Proyectos en cooperación. Como en el caso de los proyectos individuales,
será necesario que el proyecto responda a una problemática previamente
identificada y manifestada suficientemente, en cuya resolución participarán
varias empresas que se beneficiarán de la solución, y que será financiada
conjuntamente por los participantes. La cooperación se sustentará en un
acuerdo firmado por las partes y uno de los participantes ejercerá de líder
del consorcio creado para la cooperación. El coste elegible del
proyecto deberá ser como mínimo de 500.000 euros. Con carácter general, tanto
para proyectos individuales como en cooperación deberán contratarse los
servicios de uno o varios centros tecnológicos u organismos de investigación
que confieran al proyecto la suficiente relevancia científico-tecnológica. La
intervención conjunta de los centros tecnológicos u organismos de
investigación, representará al menos el 15% del coste subvencionable del
proyecto de cooperación. Gastos
subvencionables:
Intensidad
de la ayuda:
* Para llegar al porcentaje máximo de cada
intervalo, que en ningún caso superará el 80%, se debe cumplir que el
proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas, al menos una de
las cuales sea una PYME, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del
70 % de los costes subvencionables. **Únicamente podrán optar a este tipo de
ayudas cuando colaboren con una PYME en la actividad objeto de ayuda y la
PYME asuma un mínimo del 30 % del total de los costes subvencionables. Independientemente de la naturaleza del proyecto,
los gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual y
los gastos de formación derivados de la ejecución del proyecto podrán
subvencionarse con una intensidad de ayuda máxima del 50 % de los costes
subvencionables. Plazos: ·
Plazo de solicitud El plazo de presentación de solicitudes de este
procedimiento, cuya concesión es en régimen de concurrencia competitiva, será
desde el 22 de enero al 18 de febrero de 2021
Los proyectos, podrán tener alcance plurianual, con
una duración máxima de tres ejercicios presupuestarios. Deberán realizarse
entre la fecha de presentación de la solicitud y el 30 de septiembre de
2023.
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán
presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en, como
máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación:
. |
Tipología
de proyectos ·
Sublínea 2.1
Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar
actividades de I+D+i,
de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el
desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas
innovadoras. Esta sublínea
está dirigida a empresas que contratan nuevo personal investigador con
titulación universitaria o de grado superior en Formación Profesional, bien
para llevar a cabo actividades propias de I+D+i o proyectos de implantación
de tecnologías vinculadas a la nueva economía, o bien para el desarrollo de
proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
La ayuda consistirá en una subvención de
hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de
hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá
incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%, cuando la persona
contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la
investigación científico-técnica. Requisitos
de los proyectos
·
·
·
En caso de rescisión del
contrato laboral antes de la finalización del periodo elegible, la empresa
queda obligada a la selección y contratación de un nuevo investigador/a de
perfil similar o equivalente. El no cumplimiento de esta condición podrá
suponer la revocación de la ayuda percibida para la creación de este puesto.
Cualquier incidencia o modificación en los contratos financiados con cargo a
este programa, deberá comunicarse a la AVI en el momento en que se
produzca. En la sublínea 2.2., deberá existir continuidad en la empresa
de la persona apoyada en el ejercicio anterior de manera ininterrumpida entre
el final de un ejercicio y el inicio del siguiente, con las salvedades
descritas en este apartado. ·
El personal a contratar
deberá cumplir los siguientes requisitos:
·
El contrato de trabajo
deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y
remuneración del perfil profesional contratado. Solo se admitirán contratos
relativos a trabajadores incluidos en los grupos 1 y 2 de cotización al
Régimen General de la Seguridad Social, en el caso de titulados superiores,
grupos 3, 4 y 5 en el caso de técnicos superiores de F.P. debiendo
acreditarse en el momento de la solicitud para contratos ya realizados.
Gastos
subvencionables:
Intensidad
de la ayuda: Subvención de hasta el 50
% de los costes subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para
grandes empresas. Sin superar estos límites
podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona
contratada sea mujer. Plazos: · Plazo de solicitud El plazo de
presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es
en régimen de concurrencia competitiva será desde el 22 de enero al 18 de
febrero de 2021. · Período de ejecución. Los proyectos
anuales deberán realizarse entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021. Los proyectos plurianuales -con duración máxima de tres
años-, deberán realizarse entre 1 de enero de 2021 y 30 de septiembre de
2023. ·
Plazo de justificación Las entidades beneficiarias de ayudas
deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto
en, como máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación: ·
En la primera fase de
justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el
1 de octubre de 2021, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la
Seguridad Social correspondientes a 2021, pero que deben ser ingresados por
la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que
se presentarán en la segunda fase de justificación. ·
En la segunda fase de
justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el
1 de julio de 2022, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la
Seguridad Social correspondientes a 2022, pero que deben ser ingresados por
la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que
se presentarán en la tercera fase de justificación. ·
En la tercera fase de
justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el
2 de octubre de 2023, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la
Seguridad Social correspondientes a 2023 pero que deben ser ingresados por la
entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se
presentarán, como máximo, el día 9 de enero de 2024. |
Tipología
de proyectos ·
Sublínea 3.1 Apoyo a
personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a
llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i
desarrollado por la empresa. ·
Sublínea 3.2
Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en el ejercicio anterior en la sublínea Innodocto de la
convocatoria de convocatorias anteriores. La ayuda consistirá en una subvención de
hasta el 50% de los costes considerados como subvencionables para las PYMES y
del 30% para grandes empresas. Sin superar los límites establecidos en el
punto anterior, podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%,
cuando la persona contratada sea una doctoranda, al objeto de paliar la
brecha de género existente en la investigación
científico-técnica. Requisitos
de los proyectos
· Gastos subvencionables: ·
Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada,
incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la
Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste
salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros
(incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras
retribuciones). ·
Gastos de consultoría y asistencia
técnica destinados de manera
exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un
coste total máximo anual subvencionable de 14.000 euros. ·
Gastos de matrícula de las
enseñanzas de doctorado, con un
tope de 1.000 euros, así como los gastos ocasionados por la participación del
doctorando o doctoranda en acciones formativas directamente relacionadas con
el proyecto de I+D+i, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos,
congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es
de 90 euros y el coste total subvencionable máximo por ayuda en este concepto
es de 10.000 euros por anualidad. ·
El gasto de matrícula no podrá exceder
de las cuantías máximas de los precios públicos por la prestación de
servicios académicos universitarios establecidas por el correspondiente
decreto del Consell en que se establecen las tasas por la prestación de
servicios académicos universitarios del curso de que se trate. ·
Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del
proyecto, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto
presentado con la solicitud de ayuda. Coste total subvencionable: 1.400
euros. Intensidad
de la ayuda:
Subvención de hasta el 50
% de los costes subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para
grandes empresas. Sin superar estos límites
podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona
contratada sea mujer. Plazos: · Plazo de solicitud El plazo de
presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es
en régimen de concurrencia competitiva será desde el 22 de enero al 18 de
febrero de 2021. · Período de ejecución. Los proyectos
anuales deberán realizarse entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021. Los proyectos plurianuales -con duración máxima de tres
años-, deberán realizarse entre 1 de enero de 2021 y 30 de septiembre de
2023. ·
Plazo de justificación Las entidades beneficiarias de ayudas
deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto
en, como máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación: ·
En la primera fase de
justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el
1 de octubre de 2021, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la
Seguridad Social correspondientes a 2021, pero que deben ser ingresados por
la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que
se presentarán en la segunda fase de justificación. ·
En la segunda fase de
justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el
1 de julio de 2022, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la
Seguridad Social correspondientes a 2022, pero que deben ser ingresados por
la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que
se presentarán en la tercera fase de justificación. ·
En la tercera fase de
justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el
2 de octubre de 2023, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la
Seguridad Social correspondientes a 2023 pero que deben ser ingresados por la
entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se
presentarán, como máximo, el día 9 de enero de 2024. |
Impulso a la compra pública innovadora El objetivo de este programa es potenciar el desarrollo
de mercados innovadores a través de la contratación pública, incentivar la
compra pública innovadora desde el lado de la demanda del gestor público y
desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas, estimulándolas a
participar y presentar ofertas innovadoras en los procesos de Compra Pública
Innovadora (CPI). Beneficiarios: Empresas con capacidad de
proveer de soluciones tecnológicas a las administraciones, que vayan a
presentarse a licitaciones de CPI de la Administración Pública, con sede
social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana.. |
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la
Compra Pública de Innovación Se apoya el coste de I+D+i requerida en una licitación pública
de innovación, de manera que se facilite la presencia de empresas valencianas
en licitaciones públicas de productos y servicios innovadores. La intensidad de la ayuda será establecida como porcentaje sobre
los costes subvencionables, según lo que establecen las bases reguladoras en
función del tamaño de la entidad solicitante y la tipología de proyecto, Plazos
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento en
el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva será desde el
22 de enero al 18 de febrero de 2021. Sólo serán admitidas las solicitudes
que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las
24:00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una
misma entidad solicitante presente varias solicitudes para un mismo proyecto,
únicamente se considerará válida la última presentada.
Los proyectos, podrán tener alcance plurianual, con una duración
máxima de tres ejercicios presupuestarios.
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la
documentación justificativa de ejecución del proyecto en, como máximo, tres
fases en las fechas indicadas a continuación:
Requisitos de los proyectos
Gastos subvencionables
El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre
las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros por
anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto
presentado con la solicitud de ayuda. Respecto a los gastos de transporte, únicamente serán elegibles
los gastos de desplazamiento en medios públicos de transporte interurbano del
personal propio de la entidad solicitante vinculado con las actividades del
proyecto. Los gastos que se imputen estarán limitados por los importes
establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno
Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones
por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones. Intensidad de la ayuda El importe máximo de ayuda será 150.000 euros por anualidad. |