Os comunicamos que con fecha de hoy se ha publicado la
convocatoria de Ayudas a la promoción exterior para las PYMES de la
Comunitat Valenciana para el ejercicio 2023. Internacionalización.
Las ayudas van dirigidas a las Pymes que expongan en Ferias internacionales celebradas
dentro o fuera del estado español. El objeto de estas
ayudas es favorecer la
internacionalización de las empresas valencianas y la promoción de sus
productos (bienes y/o servicios) en el exterior, así como contribuir
a la realización de acciones promocionales que permitan incrementar y
consolidar la presencia de los mismos en los mercados internacionales.
Estas ayudas podrán alcanzar hasta el 50% del coste de las acciones
apoyables. Las
acciones deben de realizarse entre el 1 de julio de 2022 y el 31 de mayo
de 2023.
Como sabéis desde Leadertecna nos ponemos a vuestra disposición para asesoraros y gestionaros estas ayudas. Contactar con nosotros lo antes posible para planificar la presentación.
Ayudas a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana 2023 |
Objeto del
trámite La concesión de ayudas con
el objeto de favorecer la internacionalización de las empresas valencianas y
la promoción de sus productos (bienes y/o servicios) en el exterior, así como
contribuir a la realización de acciones promocionales que permitan incrementar
y consolidar la presencia de los mismos en los mercados internacionales.
Beneficiarios Pymes de la Comunidad
Valenciana
Cuantía de
la ayuda
1.1.- Participación, de forma
agrupada o individual, en los certámenes feriales internacionales
celebrados en el estado español y reconocidos con este carácter
por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio
y Turismo. 1.2.- Participación, de forma
agrupada o individual, en ferias internacionales que se celebren fuera
del estado español. EN AMBOS CASOS: -
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los relativos a la
contratación del espacio (metros cuadrados) en dichos certámenes
internacionales. - En el caso de ferias en
formato virtual, se considerarán gastos subvencionables las tarifas abonadas
por dicha participación virtual. - Se considerarán apoyables los
certámenes que iniciados antes o el 31 de mayo de 2023, finalicen antes del
fin del plazo de presentación de solicitudes establecido en el
resuelvo noveno de la Resolución de convocatoria, siempre que estos gastos
hayan sido abonados a dicha fecha.
Se considerarán apoyables
los gastos de alojamiento y desplazamiento iniciados antes o el 31 de mayo de
2023 y que finalicen antes del fin del plazo de presentación de solicitudes
establecido en el resuelvo noveno de la Resolución de convocatoria, siempre
que estos gastos hayan sido abonados a dicha fecha.
3.1. Publicidad en
medios extranjeros relacionada con el desarrollo de campañas de comunicación
internacionales 3.2. Publicidad o
inscripción en portales o directorios on-line y mercados electrónicos
internacionales, siempre que esté vinculada con los mercados exteriores objetivo
del plan de internacionalización. 4.-
Servicios relacionados con el proceso de registro de marca.
Se considerarán gastos subvencionables
aquellos en los que incurran las empresas por los servicios relacionados con
el proceso de registro de marca a nivel nacional (excepto en España), a nivel
regional (BENELUX), a nivel UE o/y a nivel internacional, a excepción de las
tasas y servicios de vigilancia. 6.- 6. Material
promocional internacional, hasta un importe máximo de 50.000 euros,
relacionado con:. - La adaptación de la página
web al mercado internacional. - Transporte de muestras sin
valor comercial para empresas o clientela. - La adaptación del material
promocional al mercado internacional de contenidos audiovisuales, catálogos,
folletos o similares. 7.- Gastos por nueva
contratación de personal técnico en comercio exterior, contratado para
ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa.
9.- Otros servicios y
gastos directamente relacionados con la realización o participación en acciones
de promoción internacional, realizadas de forma virtual o presencial,
para captación y /o consolidación de clientes en el extranjero.
10.- En el caso de ARGELIA,
derivado de la situación coyuntural particular, consultarnos los gastos
subvencionables.
Subcontratación
Plazo de
presentación Podrán solicitarse estas
ayudas desde el día 27 DE MARZO DE 2023 hasta el día 09 DE JUNIO DE 2023,
ambos incluidos.
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Convocatoria https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16796 |