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NUEVA CONVOCATORIA PYMES COMUNIDAD VALENCIANA_AYUDAS A LA PROMOCIÓN EXTERIOR 2023 (FERIAS).

21/03/2023

Os comunicamos que con fecha de hoy se ha publicado la convocatoria de Ayudas a la promoción exterior para las PYMES de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2023. Internacionalización.

 

Las ayudas van dirigidas a las Pymes que expongan en Ferias internacionales celebradas dentro o fuera del estado español. El objeto de estas ayudas es favorecer la internacionalización de las empresas valencianas y la promoción de sus productos (bienes y/o servicios) en el exterior, así como contribuir a la realización de acciones promocionales que permitan incrementar y consolidar la presencia de los mismos en los mercados internacionales.

 

Estas ayudas podrán alcanzar hasta el 50% del coste de las acciones apoyables. Las acciones deben de realizarse entre el 1 de julio de 2022 y el 31 de mayo de 2023.

 

Como sabéis desde Leadertecna nos ponemos a vuestra disposición para asesoraros y gestionaros estas ayudas. Contactar con nosotros lo antes posible para planificar la presentación. 

Telf.: 961 545 517 / info@ltingenieros.com 

Ayudas a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana 2023

 

Objeto del trámite

La concesión de ayudas con el objeto de favorecer la internacionalización de las empresas valencianas y la promoción de sus productos (bienes y/o servicios) en el exterior, así como contribuir a la realización de acciones promocionales que permitan incrementar y consolidar la presencia de los mismos en los mercados internacionales.

 

Beneficiarios

Pymes de la Comunidad Valenciana

 

Cuantía de la ayuda
Estas ayudas podrán alcanzar hasta el 50% del coste (IVA excluido) de las acciones apoyables que se especifican como subvencionables en la convocatoria.


Se establece en 100.000,00 EUROS el PRESUPUESTO MÁXIMO ELEGIBLE PARA CADA EMPRESA.

Acciones apoyables y gastos subvencionables


1.- Participación en certámenes feriales internacionales.

 

1.1.- Participación, de forma agrupada o individual, en los certámenes feriales internacionales celebrados en el estado español y reconocidos con este carácter por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

1.2.- Participación, de forma agrupada o individual, en ferias internacionales que se celebren fuera del estado español.

 

 

EN AMBOS CASOS:

- Tendrán la consideración de gastos subvencionables los relativos a la contratación del espacio (metros cuadrados) en dichos certámenes internacionales.

- En el caso de ferias en formato virtual, se considerarán gastos subvencionables las tarifas abonadas por dicha participación virtual.

- Se considerarán apoyables los certámenes que iniciados antes o el 31 de mayo de 2023, finalicen antes del fin del plazo de presentación de solicitudes establecido   en el resuelvo noveno de la Resolución de convocatoria, siempre que estos gastos hayan sido abonados a dicha fecha.


2.- Gastos de alojamiento, desplazamiento y derivados de la realización de pruebas PCR, u otras pruebas diagnósticas de covid-19 obligatorias para la asistencia a ferias internacionales y viajes comerciales internacionales para prospección de clientela, incluidos en el plan de promoción internacional detallado en la memoria y hasta un máximo de 50.000 euros.

 

Se considerarán apoyables los gastos de alojamiento y desplazamiento iniciados antes o el 31 de mayo de 2023 y que finalicen antes del fin del plazo de presentación de solicitudes establecido en el resuelvo noveno de la Resolución de convocatoria, siempre que estos gastos hayan sido abonados a dicha fecha.


3.- Servicios relacionados directamente con la ejecución del plan de marketing internacional, y con un importe máximo de 50.000 euros:

3.1. Publicidad en medios extranjeros relacionada con el desarrollo de campañas de comunicación internacionales

3.2. Publicidad o inscripción en portales o directorios on-line y mercados electrónicos internacionales, siempre que esté vinculada con los mercados exteriores objetivo del plan de internacionalización.

4.- Servicios relacionados con el proceso de registro de marca. Se considerarán gastos subvencionables aquellos en los que incurran las empresas por los servicios relacionados con el proceso de registro de marca a nivel nacional (excepto en España), a nivel regional (BENELUX), a nivel UE o/y a nivel internacional, a excepción de las tasas y servicios de vigilancia.

5.- Servicios relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro necesarios para la comercialización internacional de los productos.

6.- 6. Material promocional internacional, hasta un importe máximo de 50.000 euros, relacionado con:.

- La adaptación de la página web al mercado internacional.

- Transporte de muestras sin valor comercial para empresas o clientela.

- La adaptación del material promocional al mercado internacional de contenidos audiovisuales, catálogos, folletos o similares.

 

7.- Gastos por nueva contratación de personal técnico en comercio exterior, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa.


8.- Servicios relacionados con la participación en pliegos de licitaciones en mercados exteriores, así como su traducción si fuera necesaria.

 

9.- Otros servicios y gastos directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción internacional, realizadas de forma virtual o presencial, para captación y /o consolidación de clientes en el extranjero.

 

10.- En el caso de ARGELIA, derivado de la situación coyuntural particular, consultarnos los gastos subvencionables.

 

Subcontratación
Se admitirán la subcontratación y el subarriendo en los negocios jurídicos que se lleven a cabo entre las entidades agrupadoras a las que se refiere el resuelvo quinto, apartado 1, de la Resolución de convocatoria, con independencia de la forma jurídica que adopten y cada miembro de éstas.

 

Plazo de presentación

Podrán solicitarse estas ayudas desde el día 27 DE MARZO DE 2023 hasta el día 09 DE JUNIO DE 2023, ambos incluidos.


* NOTA: LA PRESENTACIÓN DE LA  DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE ESTAS AYUDAS SE REALIZARÁ EN EL MISMO MOMENTO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.

 

Convocatoria

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16796

 

 

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