NUEVA CONVOCATORIA IVACE - CREATEC-CV - SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE CREACIÓN DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA
05/12/2018
Os informamos que Ivace innovación ha publicado la
convocatoria de ayudas para la creación de empresas de base tecnológica donde
una de las principales novedades es el incremento de la intensidad de las
ayudas hasta un 70% de los costes subvencionables proyecto.
CREATEC-CV 2018 sale con un presupuesto de 1.513.760
euros y respalda a las empresas la contratación de servicios de I+D, los gastos
de contratación de personal investigador y personal técnicos, la inversión en
bienes de equipo o la adquisición de derechos de patentes o licencias
Os resumimos las condiciones de esta nueva convocatoria. Si
estáis interesados en esta ayuda, no dudéis en contactar con nosotros lo antes
posible en el mail info@ltingenieros.com o en el telef.: 961 545 517.
Beneficiarios
Pequeñas empresas
innovadoras y de base tecnológica con antigüedad inferior a 5 años
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Presentación solicitudes
Desde el 8/01/2019
hasta el 20/02/2019 (a las 23:59:59 horas)
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Plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto)
desde fecha
solicitud hasta el 31/03/2020
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Plazo de justificación
hasta el 14/05/2020
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Requisitos de los proyectos
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- Presupuesto subvencionable
entre 30.000€ y 175.000 €. Si el solicitante no acredita
contar con al menos dos trabajadores consignados en el recibo de
liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al mes de diciembre de
2017 o haber obtenido ingresos por facturación durante el ejercicio 2017,
el presupuesto subvencionable del proyecto deberá estar comprendido entre 30.000
€ y 100.000 €.
Se apoyará el
desarrollo de proyectos de I+D+i de la empresa solicitante así como las
inversiones inmateriales o en bienes de equipo relacionados con proyectos de
esa naturaleza.
Subvención a fondo
perdido de hasta el 70% del presupuesto subvencionable.
a) Recursos
humanos:
- Coste salarial bruto y coste de la Seguridad Social a cargo de la
empresa de personal investigador y personal técnico o auxiliar siempre que
estén empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana y durante
el tiempo en que estén dedicados a las actividades de I+D del proyecto. Se
limita el coste horario por persona a 40 euros/hora como máximo.
- Se considerará un máximo de 125.000 € (70.000€ si el solicitante no
acredita contar con al menos dos trabajadores consignados en el recibo de
liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al mes de diciembre de
2017 o haber obtenido ingresos por facturación durante el ejercicio 2017)
b) Inversiones
materiales:
- Bienes de equipo (maquinaria, equipos de laboratorio y equipos
informáticos) instalados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana
y relacionados con los proyectos de I+D+i de la empresa.
c) Inversiones
inmateriales
- Adquisición de derechos de patentes, licencias, “know-how”, o conocimientos técnicos no patentados. En el caso de las
licencias de software sólo se considerarán subvencionables las destinadas
en exclusiva a actividades de I+D
d) Servicios
externos:
- Contratación de servicios de I+D. Contratación con centros u
organismos de investigación: costes de investigación y de consultoría o
servicios equivalentes destinados a la actividad de investigación.
- Contratación de servicios de innovación. Otros servicios de apoyo a la innovación vinculados al proyecto
empresarial, incluyendo: planes de empresa, marketing, mercados,
comercialización, internacionalización y estratégicos; auditorías
tecnológicas; registro de propiedad industrial o intelectual; servicios
destinados a la homologación y certificación; diseño; estudios de impacto
ambiental y de ciclo de vida de productos; asesoramiento para presentación
de proyectos a convocatorias nacionales o internacionales, o para la
consecución de informes motivados para deducción fiscal.
e) Gastos
generales y otros gastos de explotación. Se incluyen bajo este concepto consumos, suministros, materiales y otros
gastos de explotación, derivados directamente del proyecto siempre que se
encuadren en tipologías distintas a las anteriores. Se calcularán como un tipo
fijo, por un importe máximo de un 15% de los costes de personal subvencionables
que hayan sido adecuadamente justificados, sin que se requiera ningún tipo de
cálculo o justificación.
Si estáis interesados
en estas ayudas, contactar con nosotros lo antes posible.
Más
info
http://www.dogv.gva.es/datos/2018/12/04/pdf/2018_11272.pdf