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Convocatorias: I+D en cooperación, I+D PYME y Creación de empresas de base tecnológica (Valencia)

12/03/2014

INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA PROYECTOS DE I + D PYME (2014)

Presentación solicitudes: Hasta el 11/04/2014.

Plazo ejecución: 9 meses, hasta 12/2014.


Beneficiarios: 

PYME con sede en CV.


Requisitos de los proyectos

Presupuesto subvencionable mayor de 20.000 € y menor de 175.000 €

Préstamo del 100% del presupuesto subvencionable con un máximo de 100.000 €.

Subvención a fondo perdido de un 25% del presupuesto subvencionable con un máximo de 25.000 €

Necesidad de aval del 70% de la cuantía del préstamo.


Actuaciones apoyables

Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes.

Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Cuando un proyecto conste de diferentes actividades, cada una de ellas deberá encuadrarse en alguna de las actuaciones apoyables anteriores.


Tipo de ayuda

El instrumento financiero en que consisten las ayudas tendrá por objeto la concesión de un préstamo con bonificación del tipo de interés y de una subvención a fondo perdido sobre el coste del proyecto de I+D.


Características del préstamo

- Cuantía del préstamo: 100% de los costes subvencionables del proyecto. La cuantía global del préstamo no superará los 100.000 euros.

– Tipo de interés: 0%

– Cuotas de amortización semestrales. La primera cuota de amortización se hará efectiva el 30 de junio de 2015 y sucesivamente cada semestre, hasta el 31 de diciembre de 2018 con la que se liquidará en su totalidad el préstamo. En consecuencia, el plazo de amortización será de 48 meses, salvo modificación posterior de éstas por resolución del director general del IVACE.

– Garantías: aval financiero prestado por entidades de crédito o por Sociedades de Garantía Recíproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso. El aval será del 70% del importe del préstamo.

– Sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.


Características de la subvención a fondo perdido

– Porcentaje de subvención: 25% del importe de los costes subvencionables, sin que la cuantía de subvención a fondo perdido por proyecto pueda superar los 25.000 euros.


Costes subvencionables

1. Servicios externos.

- Coste de contratos de investigación con Centros de Investigación.

- Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado.

- Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo.

2. Registro de derechos de propiedad industrial derivados de la ejecución del proyecto.

- Costes relativos a la preparación, presentación y tramitación de la solicitud de registro de propiedad.Gastos en los que se haya incurrido con el fin de obtener la concesión o validación del derecho en otras jurisdicciones (traducción, etc).

- Costes de defensa de la validez del derecho en que se haya incurrido con motivo de la tramitación oficial de la solicitud y en eventuales procedimientos de oposición.

3. Amortización de instrumental y equipamiento

- Los gastos de amortización de instrumental y equipamiento que estén directamente relacionados con los objetivos del proyecto podrán subvencionarse siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que los cálculos de amortización se efectúen de conformidad con las normas de contabilidad pertinentes.

b) Que el gasto se refiera exclusivamente al periodo subvencionable del proyecto.

4. Materiales

- Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo.

5. Recursos humanos

- Gastos de personal (salario bruto, y coste de la seguridad Social a cargo de la empresa) del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.

Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.


INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA PROYECTOS DE I + D EN COOPERACIÓN (2014)              

Dirigido a: Empresas con sede social o establecimiento productivo en la CV                      

Presentación solicitudes: Hasta el 11/04/2014                      

Plazo de ejecución: 9 meses, hasta 12/2014      


Requisitos de los proyectos:    

Presupuesto subvencionable mayor de 30.000 € y menor de 175.000 €Préstamo del 100% del presupuesto subvencionable con un máximo de 100.000 €

Subvención a fondo perdido del un 30% del presupuesto subvencionable con un máximo de 30.000 €

Necesidad de aval: del 100% en el caso de empresas de 50 o más trabajadores y del 30% en el caso de empresas de menos de 50 trabajadores.


Beneficiarios: 

Empresas.

Los proyectos requieren la participación, como mínimo, de dos empresas. Debe haber una empresa de mas de 50 empleados y, al menos, una debe ser PYME.


Requisitos de los proyectos

Presupuesto subvencionable mayor de 30.000 € y menor de 175.000 €Préstamo del 100% del presupuesto subvencionable con un máximo de 100.000 €

Subvención a fondo perdido del un 30% del presupuesto subvencionable con un máximo de 30.000 €

Necesidad de aval: del 100% en el caso de empresas de 50 o más trabajadores y del 30% en el caso de empresas de menos de 50 trabajadores.


Actuaciones apoyables

Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes. Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.

Cuando un proyecto conste de diferentes actividades, cada una de ellas deberá encuadrarse en alguna de las actuaciones apoyables anteriores.Tipo de ayuda El instrumento financiero en que consisten las ayudas tendrá por objeto la concesión de un préstamo con bonificación del tipo de interés y de una subvención a fondo perdido sobre el coste del proyecto de I+D en cooperación a cada una de las empresas participantes en el mismo.


Características del préstamo

- Cuantía del préstamo: 100% de los costes subvencionables en función de la participación de cada empresa integrada en el proyecto. La cuantía global del préstamo no superará los 100.000 euros.

– Tipo de interés: 0%

– Cuotas de amortización semestrales. La primera cuota de amortización se hará efectiva el 30 de junio de 2015 y sucesivamente cada semestre, hasta el 31 de diciembre de 2018 con la que se liquidará en su totalidad el préstamo. En consecuencia, el plazo de amortización será de 48 meses, salvo modificación posterior de éstas por resolución del director general del IVACE.

– Garantías: aval financiero prestado por entidades de crédito o por Sociedades de Garantía Recíproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso. El aval será del 100% del importe del préstamo en caso de empresas con 50 o más trabajadores y del 30% en otro caso.– Sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.


Características de la subvención a fondo perdido

– Porcentaje de subvención: 30% del importe de los costes subvencionables asumidos por cada participante en el proyecto, sin que la cuantía global de subvención a fondo perdido por proyecto pueda superar los 30.000 euros.Intensidad máxima de la ayuda (préstamo bonificado y subvención a fondo perdido): La suma del porcentaje de subvención bruta equivalente en el caso del préstamo bonificado y del porcentaje de la ayuda concedida en forma de subvención a fondo perdido, no superará las intensidades máximas permitidas por el RGEC para las ayudas de I+D (artículos 31 y 33), incluidas las primas y en ningún caso un 40% de intensidad máxima, sea cual sea el tamaño de la empresa beneficiaria


INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA PROYECTOS DE CREACIÓN DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA (2014)

Dirigido a: PYME con sede social o establecimiento productivo en la CV.              

Presentación solicitudes: Hasta el 11/04/2014*    

Plazo ejecución: 9 meses, hasta 12/2014            


Beneficiarios

Pequeñas empresas de base tecnológica,                


Requisitos de los proyectos

Presupuesto subvencionable menor de 175.000 €

Préstamo del 100% del presupuesto subvencionable con un máximo de 175.000 €

Subvención a fondo perdido de un 35% del presupuesto subvencionable con un máximo de 61.250 €

Necesidad de aval: del 50% del importe del préstamo


Actuaciones apoyables              

Se apoyará la creación y consolidación de empresas de base tecnológica contemplando las posibles inversiones, el desarrollo de proyectos y, en general, todas sus actuaciones encaminadas a su consolidación y crecimiento; la aportación del IVACE irá dirigida a financiar las actividades de la empresa para conseguir su objetivo empresarial, y podrá incluir también la preparación de proyectos de I+D, y la contratación de personal para actividades de investigación. Tipo de ayuda El instrumento financiero en que consisten las ayudas tendrá por objeto la concesión de un préstamo con bonificación del tipo de interés y de una subvención a fondo perdido sobre el coste del proyecto.


Características del préstamo

– Cuantía del préstamo: 100% de los costes subvencionables del proyecto. La cuantía global del préstamo no superará los 175.000 euros.

– Tipo de interés: 0%

– Cuotas de amortización semestrales. La primera cuota de amortización se hará efectiva el 30 de junio de 2015 y sucesivamente cada semestre, hasta el 31 de diciembre de 2018 con la que se liquidará en su totalidad el préstamo. En consecuencia, el plazo de amortización será de 48 meses, salvo modificación posterior de éstas por resolución del director general del IVACE.

– Garantías: aval financiero prestado por entidades bancarias o por Sociedades de Garantía Recíproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso. El aval será del 50% del importe del préstamo.– Sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.


Características de la subvención a fondo perdido:

– Porcentaje de subvención: 35% del importe de los costes subvencionables, sin que la cuantía de subvención a fondo perdido por proyecto pueda superar los 61.250 euros.

Cuantía máxima de la ayuda (préstamo bonificado y subvención a fondo perdido): La suma de la subvención bruta equivalente en el caso del préstamo bonificado y de la ayuda concedida en forma de subvención a fondo perdido, no superará el límite máximo permitido por el RGEC (artículo 35) para las ayudas a empresas jóvenes e innovadoras.


Costes subvencionables

1. Recursos humanos.

Gastos de personal (coste salarial bruto y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) de personal investigador y personal técnico (titulados universitarios) en la medida en que estén dedicados a un proyecto propio de I+D. Este coste no superará, en ningún caso, el 70% del presupuesto total subvencionable del proyecto. Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.

2. Inversiones

- Inversiones materiales: Bienes de equipo necesarios para la actividad productiva de la empresa y para la ejecución de los proyectos propios de I+D (maquinaria, equipos de laboratorio y equipos informáticos).

Los costes de adquisición de bienes de equipo de segunda mano serán subvencionables siempre que cumplan los siguientes requisitos:

a) que conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y que los mismos no han sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria, y

b) el precio no podrá ser superior al valor de mercado y deberá ser inferior al coste de los bienes nuevos similares, acreditándose estos extremos mediante certificación de tasador independiente.

- Inversiones inmateriales:  Adquisición de derechos de patentes, licencias, “know-how”, o conocimientos técnicos no patentados. Para este concepto no se considerarán subvencionables las cantidades satisfechas a personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria, entendiendo por tales las que respondan a la definición del artículo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

3. Servicios externos

- Contratación de servicios de I+D. Contratación con centros u organismos de investigación: costes de investigación y de consultoría o servicios equivalentes destinados a la actividad de investigación.

- Contratación de servicios de innovación. Otros servicios de apoyo a la innovación vinculados al proyecto empresarial.



Fuente: IVACE

Más información: info@ltingenieros.com Telf.: 961 54 55 17

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