Os informamos que el Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este lunes una nueva convocatoria del programa Adelante Inversión, para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha, dotada con 20 millones de euros.
Estas ayudas buscan facilitar financiación a las empresas para poner en marcha un proyecto empresarial, su incorporación al tejido empresarial de Castilla-La Mancha, y la mejora de su productividad, todo ello mediante la realización de inversiones productivas, la mejora de los procesos y productos fabricados en la región, la diferenciación de estos frente a la competencia y la apertura a nuevos mercados para alcanzar la consolidación del tejido empresarial de la región.
Si estáis interesados en estas ayudas, contactar con nosotros lo antes posible en el telf.: 961545517 o en el mail: info@ltingenieros.com
Fomento de la inversión empresarial
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Plazo: El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 26 de septiembre de 2017 y finaliza el día 15 de diciembre de 2017.
BENEFICIARIOS · MICROEMPRESAS Y AUTONOMOS · PYMES / COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Estos proyectos no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión subvencionable de 5.000 euros y no podrán superar el límite máximo de inversión de 900.000 euros.
GASTOS SUBVENCIONABLES a) Terrenos. Máx. 10% del total de la inversión subvencionable excluidos apartados b), c), d) y e). b) Urbanización de terrenos. La superficie máxima subvencionable no podrá superar en más de cinco veces la superficie construida en planta baja, salvo que las características del proyecto lo justifiquen. Máx. 60% del total de la inversión subvencionable excluidos apartados a), c), d) y e). c) Adquisición de edificios (nuevos o ya existentes). Máx. 60% del total de la inversión subvencionable excluidos apartados a), b), d) y e). d) Realización de obra civil. Máx. 60% del total de la inversión subvencionable excluidos apartados a), b), c) y e). e) Trabajos de planificación e ingeniería. Máx. 10% de la inversión subvencionable aprobada de obra civil. f) Adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje. g) Mobiliario y enseres. h) Equipos y programas informáticos.
CUANTÍAS Los importes de subvención se obtienen al aplicar los siguientes porcentajes sobre la inversión subvencionable aprobada: a) En relación con la inversión a realizar: 30% si es pequeña empresa. 20% si es mediana empresa.
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