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CASTILLA LA MANCHA: Ayudas para ahorro y eficiencia energética en el sector público e industrial

18/12/2014

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado en su edición de este martes la Orden de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, de ahorro y eficiencia energética en el sector público e industrial, y se convocan las mismas, que tendrán una cuantía de un millón de euros.

Mejora del proceso industrial (maquinaria industrial).

Actuaciones y costes subvencionables.

  • Serán susceptibles de subvención las inversiones en equipos (maquinaria industrial) o sistemas del proceso productivo, incluidos los de carácter auxiliar necesarios para su funcionamiento, destinados a conseguir el ahorro de energía e incrementar la eficiencia energética de dichos procesos, utilizando, a tal fin, tecnologías de alta eficiencia para reducir el consumo energético y las emisiones de gases contaminantes, que se desarrollen en Castilla-La Mancha.
  • Los procesos productivos industriales susceptibles de ayuda son aquellos que se encuentren en empresas de naturaleza privada dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en la Sección 1, Divisiones 2 a 4.
Cuantía de la subvención.
  • La cuantía de la subvención será un máximo del 22 % del coste subvencionable (IVA excluido), con un máximo de 15.000 euros, por beneficiario y programa.
  • Plazo de solicitud: Hasta el 30 de enero de 2015
 

Auditorías energéticas en la industria. 

Actuaciones y costes subvencionables.

  • Serán subvencionables las realizaciones de auditorías energéticas de los procesos industriales desarrollados en Castilla-La Mancha, cuya finalidad sea determinar el potencial de ahorro de energía de estas instalaciones y facilitar la toma de decisiones de inversión en ahorro energético.
  • Podrán realizarse auditorías energéticas a líneas de producción o procesos productivos, sin necesidad de auditar el sistema global. Dichas auditorías deberán incluir el contenido mínimo establecido en el anexo III.
  • Se considerarán costes subvencionables la realización de dichas auditorias, y los costes derivados de las mismas como son, toma de datos y confección de la documentación técnica correspondiente.
  • Plazo de solicitud: Hasta el 30 de enero de 2015

Cuantía de la subvención. La cuantía de la subvención será del 50 % del coste subvencionable (IVA excluido), por beneficiario y programa, con los siguientes límites máximos:    



Si desea más informacion, no dude en contactar con nosotros en el telf.: 96 154 55 17 o en el mail: info@ltingenieros.com      

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