Os informamos que la Consellería de Economía de la Comunidad Valenciana ha publicado una ayuda en materia de industrialización para inversiones de pymes industriales que mejoren la competitividad y sostenibilidad de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol y mueble e iluminación.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, exclusivamente, las siguientes tipologías de pequeñas y medianas empresas con sede social o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana:
a) Pymes industriales manufactureras, encuadradas en la sección C -Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), que estén vinculadas directamente a los sectores objeto de esta convocatoria.
b) Pymes extractivas encuadradas en la sección B – Divisiones 5 a 9 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), que estén vinculadas directamente a los sectores objeto de esta convocatoria.
Cuantía de la ayuda
La ayuda consistirá en una subvención del 35 %.
Acciones subvencionables
Proyectos de inversión industrial desarrollados entre el 1 de enero de 2017 y la fecha de justificación de la ayuda, y que se encuadren en alguna de las siguientes tipologías:
a) Creación de establecimientos industriales que consistan en el inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto de la Comunitat Valenciana.
b) Traslado de establecimientos industriales que consistan en el cambio de localización de una actividad de producción previa, hacia cualquier punto de la Comunitat Valenciana.
c) Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes en la Comunitat Valenciana, a través de la implantación de nuevas líneas de producción.
d) Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción previamente existentes en el territorio de la Comunitat Valenciana.
El presupuesto mínimo subvencionable será de 25.000 euros, IVA excluido.
Gastos subvencionables
a) Adquisición de maquinaria, aparatos y equipos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior. Se considerarán subvencionables las cuotas pagadas por leasing o arrendamiento financiero si se acredita haber adquirido la propiedad del bien antes de la finalización del periodo de justificación.
b) Gastos de auditoría
Plazo de solicitud
Del 7/4/17 al 8/5/17.
Más información
http://www.dogv.gva.es/datos/2017/04/06/pdf/2017_2919.pdf
http://www.dogv.gva.es/datos/2017/04/06/pdf/2017_2919.pdf
Si estáis interesados en esta ayuda, contactar con nosotros lo antes posible en el telf.: 96 154 55 17 o en mail info@ltingenieros.com