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NUEVO PROGRAMA DE AYUDAS PARA EMPRESAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA - IVACE

19/02/2018

Les informamos que IVACE, ha publicado en el Diario Oficial de la Generlitat Valenciana las convocatorias de ayudas para proyectos de I+D individual (PiDi), I+D en cooperación (PidCop), innovación de procesos (InnovaProc), Innovación de Producto (InnovaProd) Innovación en Industria 4.0 (Innova40) e Innovación en soluciones Tecnológicas (InnovaTeic).

 

Estos programas, dotados de un presupuesto de 12 millones de euros, se enmarcan dentro del Plan de I+D+i Empresarial del Ivace. El plazo para la presentación de las solicitudes se abre el próximo 26 de febrero y finaliza el 26 de marzo para los programas de Innovación (InnovaProc, InnovaProd, Innova40 e InnovaTeic) y el 27 de marzo para los de I+D (PiDi y PidCop).

 

Si están interesados en estas ayudas, contacten con nosotros lo antes posible en el telf. 961545517 o en el mail info@ltingenieros.com

 

PIDI-CV -- I+D PYME

INNOVA-CV -- INNOVACIÓN DE PYME

 

PIDCOP-CV -- I+D EN COOPERACIÓN

Beneficiarios:

PYME con al menos cuatro trabajadoras-es.

Presentación solicitudes

Desde el 26/02/2018 hasta el 27/03/2018.

Objetivos

Desarrollo de proyectos de I+D realizados por PYME.

Requisitos de los proyectos

·         Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

·         Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.

·         Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.

·         Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 30.000 euros y menor de 175.000 euros

·         El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por la empresa ni tampoco por ninguna otra vinculada o contratada para la realización del proyecto.

Actuaciones apoyables

1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:

·         Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.

·         Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en la Resolución de convocatoria.

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

    • Pequeña empresa: hasta el 40%

    • Mediana empresa: hasta el 30%

Las intensidades anteriores podrán aumentarse con un 5 % de los costes subvencionables si se cumple alguno de los siguientes requisitos:

a) Contratación de personal altamente cualificado. La contratación deberá producirse durante la ejecución del proyecto y por un periodo mínimo de doce meses.

b) Contratación de Organismos de Investigación que supere 20.000 €

Costes subvencionables

1. Servicios externos: coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación. Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada. Registro de derechos de propiedad industrial derivados de la ejecución del proyecto.

2. Adquisición de patentes y licencias.

3. Personal propio. Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa).Se limita el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.

4. Materiales

5. Gastos de amortización de instrumental y equipamiento

Plazos

 

 

Más info

 

 

 

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00. Bases reguladoras concesión de ayudas

http://www.ivace.es/components/com_remository/images/file_icons/pdf.gif

01. Convocatoria DOGV 19.02.18

 

 

Beneficiarios:

PYME.

Presentación solicitudes

Desde el 26/02/2018 hasta el 26/03/2018.

Objetivos

Realización de proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

Los proyectos de innovación podrán desarrollarse en cuatro actuaciones: desarrollo de nuevos productos (INNOVAProD-CV); readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora contínua y con criterios de ecoeficiencia (INNOVAProC-CV); transformación digital para la implantación de la industria 4.0 (INNOVAi4.0-CV); desarrollo de soluciones TEICs innovadoras que no supongan desarrollos a medida (INNOVATeiC-CV).

Requisitos de los proyectos

•    Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2018.

•    Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.

•    Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.

•    Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante y actuación.

•    Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 15.000 € para las actuaciones INNOVAProD e INNOVATeiC. Este límite será de 12.000 € en la actuación INNOVAProC y de 30.000 € en INNOVAi4.0.

Actuaciones apoyables

Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:

INNOVAProD-CV -- Innovación de producto. Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos  o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante.  Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales. El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real.

INNOVAProC-CV -- Innovación de proceso. Proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías:

a) Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.

b) Readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia:

- Cambios en procesos para la obtención de productos y servicios basados en el ecodiseño.

- Cambios de procesos que supongan la incorporación de tecnologías ecoeficientes.

- Cambios en procesos para uso eficiente de recursos.

- Cambios en procesos para facilitar el reciclaje, la reutilización y la valorización de residuos, la clasificación de subproductos, y la simbiosis industrial.

- Cambios en procesos para garantizar la trazabilidad del producto.

INNOVAi4.0-CV -- Adaptación industria 4.0.   Proyectos que tengan como objetivo la transformación de pymes manufactureras hacia un modelo productivo de fabricación avanzada mediante la incorporación de nuevas tecnologías digitales y aplicaciones, que necesariamente deberán tener como resultado la puesta en marcha de nuevas soluciones que incorporen estas tres características: Digitalización del mundo real, con la captura en tiempo real de parámetros relevantes para su caracterización; transmisión de la información digital a lo largo de la cadena de valor; procesamiento y análisis inteligente de los datos que posibilite acciones en base a la información obtenida.

INNOVATeiC-CV -- Innovación soluciones TEICs.   Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida. El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización. Se admitirán igualmente nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.

Tipo de ayuda

Subvención que podrá suponer hasta el 25% del importe de los costes subvencionables.

Para todas las actuaciones se establece una ayuda máxima de 75.000 euros, excepto para la actuación INNOVAi4.0, cuyo importe máximo de ayuda se fija en 100.000 euros.

Costes subvencionables

INNOVAProD-CV -- Innovación de producto

a) Servicios de consultoría y asistencia técnica para el desarrollo, la mejora de características y puesta en producción de nuevos productos: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.

Para que la propuesta sea viable deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 15 % del coste subvencionable total o 25.000 euros. Para proyectos de innovación directamente derivados de un proyecto de I+D anteriormente desarrollado por la empresa solicitante sobre cuyos resultados se plantea la puesta en producción de un nuevo producto, también será necesaria la contratación de servicios externos de estas características, pero sin aplicar los límites anteriores; en estos casos deberá acreditarse que ese proyecto de I+D ha recibido una ayuda en 2015, 2016 o 2017 proveniente de convocatorias de programas de I+D, de IVACE o de otro organismo público.

b) Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.

c) Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, know-how o software relacionado con los nuevos productos.

d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 30.000 euros.

e) Adquisición de activos materiales: adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices.

INNOVAProC-CV -- Innovación de proceso

a) Servicios de consultoría e ingeniería para implantación de medidas. La propuesta no será viable si el coste subvencionable no alcanza la menor de las siguientes cantidades, 15% del coste subvencionable o 25.000 euros.

b) Adquisición de activos inmateriales. Software de control, captación de datos, indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo del proyecto y software relacionado con la implantación de nuevos procesos.

c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 30.000 euros.

d) Adquisición de activos materiales. Para el desarrollo de un proyecto de mejora continua serán elegibles inversiones en sensorización y automatización, y comunicaciones para el control de la producción, así como la adaptación de los equipos productivos necesarios. Para proyectos de readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia, serán elegibles la adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo necesariamente relacionados con la implantación de los nuevos procesos acordes a la convocatoria. No será elegible la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos.

INNOVAi4.0-CV -- Adaptación industria 4.0.

a) Servicios de consultoría e ingeniería en áreas de ciberseguridad, cloud computing, big data y analytics, robótica, realidad aumentada, visión artificial, sensorización, diseño y fabricación aditiva y de comunicación para la conectividad de sistemas. La propuesta no será viable si el coste subvencionable no alcanza la menor de las siguientes cantidades, 15% del coste subvencionable o 25.000 euros.

b) Activos inmateriales. Desarrollo de software a medida, adquisición de nuevas licencias, o bajo la modalidad de pago por uso, incluyendo para todos ellos los costes de implantación: aplicaciones de gestión empresarial, soluciones de big data y análisis, cloud computing, ciberseguridad, así como software de comunicaciones para facilitar el funcionamiento de las soluciones que integren el proyecto.

c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será el que resulte menor de los siguientes: un 20% del resto de costes subvencionables o 30.000 euros.

c) Activos materiales. Inversiones en hardware, equipos de telecomunicación, sistemas embebidos, sensores, robots, dispositivos electrónicos para aplicaciones de realidad aumentada, visión artificial y automatización avanzada, equipos para fabricación aditiva; adaptación de equipos productivos necesarios para la implementación de las soluciones propuestas. No se considerarán subvencionables servidores, ordenadores personales y periféricos, para su empleo en aplicaciones de gestión.

INNOVATeiC -- Innovación en TEICs.

a) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones.

b) Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.

c) Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final.

d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 125.000 euros.

c) Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija.

Plazos

 

Más info:

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00. Bases reguladoras concesión de ayudas

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01. Convocatoria DOGV 19.02.18

 

 

Beneficiarios:

PYME y grandes empresas con al menos cuatro trabajadoras o trabajadores.

Las empresas deberán integrar un consorcio creado con el propósito, entre otros, de ejecutar un proyecto común en el marco de este programa. Los consorcios deberán reunir las siguientes condiciones:

    - Una de las empresas deberá ser PYME.

    - Todas las empresas integrantes del consorcio deberán ser necesariamente solicitantes de ayuda a este programa para el mismo proyecto.

    - Ninguna empresa integrante del consorcio podrá correr por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables del proyecto, ni con menos del 15% de los mismos.

    - La empresa que mayor participación económica tenga en el proyecto asumirá la condición de líder del proyecto.

Presentación solicitudes

Desde el 26/02/2018 hasta el 27/03/2018.

Objetivos

Realización de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en cooperación  entre varias empresas.

Requisitos de los proyectos

·         Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.

·         Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.

·         Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.

·         Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.

·         Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.

·         Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 80.000 euros y menor de 500.000 euros

·         El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por esta ni tampoco por ninguna otra empresa vinculada o contratada para la realización del proyecto.

·         Será condición imprescindible para percibir la ayuda mantener los requisitos que para la validez del consorcio se exigen en el apartado Empresas Beneficiarias del anexo de la convocatoria correspondiente a este programa.

Actuaciones apoyables

1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de ls siguientes actuaciones apoyables:

Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes.

Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes -de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo- con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en el anexo II de la Resolución de convocatoria.

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:

    • Pequeña empresa: hasta el 45%

    • Mediana empresa: hasta el 35%

    • Gran empresa: hasta el 25%

Las intensidades anteriores podrán aumentarse con un 10% de los costes subvencionables si se cumple alguno de los siguientes requisitos:

a) Contratación de personal altamente cualificado (ver requisitos en el anexo de la Resolución de convocatoria)

b)  Contratación de Organismos de Investigación por el conjunto de los integrantes del consorcio, que supere 20.000 euros.

Costes subvencionables

1. Servicios externos

    a) Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.

    b) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.

    c) En caso de PYME, registro de derechos de propiedad industrial derivados de la ejecución del proyecto.

2. Adquisición de patentes y licencias

Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.

3. Personal propio

Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo. Se limita el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.   

4. Materiales. Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo

5. Gastos de amortización del instrumental y equipamiento

•    Gastos de amortización del instrumental y equipamiento de plantas piloto ya existentes cuyo uso resulte necesario para el desarrollo del proyecto.

•    Cuando el proyecto suponga el desarrollo de prototipos o plantas piloto experimentales de demostración, el coste de amortización del instrumental y el equipamiento que se integre en el desarrollo previsto.

Plazos

 

Más info

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00. Bases reguladoras concesión de ayudas

http://www.ivace.es/components/com_remository/images/file_icons/pdf1.gif

01. Convocatoria DOGV 19.02.18

 

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