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NUEVA CONVOCATORIA IVACE - CREATEC-CV - SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE CREACIÓN DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA

05/12/2018

Os informamos que Ivace innovación ha publicado la convocatoria de ayudas para la creación de empresas de base tecnológica donde una de las principales novedades es el incremento de la intensidad de las ayudas hasta un 70% de los costes subvencionables proyecto.

 CREATEC-CV 2018 sale con un presupuesto de 1.513.760 euros y respalda a las empresas la contratación de servicios de I+D, los gastos de contratación de personal investigador y personal técnicos, la inversión en bienes de equipo o la adquisición de derechos de patentes o licencias

Os resumimos las condiciones de esta nueva convocatoria. Si estáis interesados en esta ayuda, no dudéis en contactar con nosotros lo antes posible en el mail info@ltingenieros.com o en el telef.: 961 545 517.


Beneficiarios

Pequeñas empresas innovadoras y de base tecnológica  con antigüedad inferior a 5 años

Presentación solicitudes

Desde el 8/01/2019 hasta el  20/02/2019 (a las 23:59:59 horas)

Plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto)

desde fecha solicitud hasta el 31/03/2020

Plazo de justificación

hasta el 14/05/2020

 

Requisitos de los proyectos

  • Presupuesto subvencionable entre 30.000€  y 175.000 €. Si el solicitante no acredita contar con al menos dos trabajadores consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al mes de diciembre de 2017 o haber obtenido ingresos por facturación durante el ejercicio 2017, el presupuesto subvencionable del proyecto deberá estar comprendido entre 30.000 € y 100.000 €.

 

Actuaciones apoyables

Se apoyará el desarrollo de proyectos de I+D+i de la empresa solicitante así como las inversiones inmateriales o en bienes de equipo relacionados con proyectos de esa naturaleza.

 

Tipo de ayuda

 Subvención a fondo perdido de hasta el 70% del presupuesto subvencionable. 

 

Costes subvencionables

a) Recursos humanos:

  • Coste salarial bruto y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa de personal investigador y personal técnico o auxiliar siempre que estén empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana y durante el tiempo en que estén dedicados a las actividades de I+D del proyecto. Se limita el coste horario por persona a 40 euros/hora como máximo.
  • Se considerará un máximo de 125.000 € (70.000€ si el solicitante no acredita contar con al menos dos trabajadores consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al mes de diciembre de 2017 o haber obtenido ingresos por facturación durante el ejercicio 2017)

b) Inversiones materiales:

  • Bienes de equipo (maquinaria, equipos de laboratorio y equipos informáticos) instalados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana y relacionados con los proyectos de I+D+i de la empresa.

c) Inversiones inmateriales

  • Adquisición de derechos de patentes, licencias, “know-how”, o conocimientos técnicos no patentados. En el caso de las licencias de software sólo se considerarán subvencionables las destinadas en exclusiva a actividades de I+D

d) Servicios externos:

  • Contratación de servicios de I+D. Contratación con centros u organismos de investigación: costes de investigación y de consultoría o servicios equivalentes destinados a la actividad de investigación.
  • Contratación de servicios de innovación. Otros servicios de apoyo a la innovación vinculados al proyecto empresarial, incluyendo: planes de empresa, marketing, mercados, comercialización, internacionalización y estratégicos; auditorías tecnológicas; registro de propiedad industrial o intelectual; servicios destinados a la homologación y certificación; diseño; estudios de impacto ambiental y de ciclo de vida de productos; asesoramiento para presentación de proyectos a convocatorias nacionales o internacionales, o para la consecución de informes motivados para deducción fiscal.

e) Gastos generales y otros gastos de explotación. Se incluyen bajo este concepto consumos, suministros, materiales y otros gastos de explotación, derivados directamente del proyecto siempre que se encuadren en tipologías distintas a las anteriores. Se calcularán como un tipo fijo, por un importe máximo de un 15% de los costes de personal subvencionables que hayan sido adecuadamente justificados, sin que se requiera ningún tipo de cálculo o justificación.

 Si estáis interesados en estas ayudas, contactar con nosotros lo antes posible.

Más info

http://www.dogv.gva.es/datos/2018/12/04/pdf/2018_11272.pdf

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